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La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la CNDH

Invalida la Corte ley de Puebla que impedía el matrimonio entre personas del mismo sexo
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Apertura del segundo periodo de actividades en la Suprema Corte de Justicia de la NaciónFoto Jesús Villaseca
 
Periódico La Jornada
Miércoles 2 de agosto de 2017, p. 12

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en la primera sesión del segundo semestre de actividades, invalidó ayer por unanimidad la porción normativa del artículo 300 del Código Civil de Puebla que permitía únicamente el matrimonio entre hombre y mujer, así como parte del artículo 294 que establecía como fin de dicha unión perpetuar la especie.

Esta resolución se suma a las declaratorias de inconstitucionalidad e invalidez de leyes similares emitidas por el máximo tribunal, en Baja California, Chihuahua, Colima, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca y Sinaloa, ello por considerar que dichos preceptos eran violatorios de los principios de igualdad y no discriminación.

Asimismo, el pleno estableció que se deberá interpretar el resto de las disposiciones de la ley en Puebla, en el sentido de que el matrimonio puede celebrarse entre dos personas de diferente o igual sexo.

En lo que respecta a la acción de inconstitucionalidad 29/2016, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la legislación poblana –promulgada el 28 de marzo pasado–, los ministros recordaron que la primera sala de la Corte estableció en diciembre pasado que son inconstitucionales todas aquellas normas civiles que definen la institución del matrimonio como la que se celebra entre un hombre y una mujer, con exclusión de aquellos que se celebren entre dos personas del mismo sexo, por lo que con base en ella cualquier persona que se vea afectada por normas de este tipo podrá obtener con mayor facilidad el amparo y protección de la justicia.

Previamente, el ministro presidente del máximo tribunal, Luis María Aguilar Morales, dio a conocer algunas de las resoluciones destacadas que resolverán los ministros en lo que resta del año, en entre las que se encuentran: las controversias constitucionales en contra del Instituto Federal de Telecomunicaciones sobre su facultad para emitir lineamientos sobre el derecho de las audiencias, y las acciones y controversias constitucionales sobre la Constitución de la Ciudad de México.

También anunció que entre los amparos a resolver están los que tienen que ver con los alcances del fuero militar, las facultades del Instituto Nacional de Transparemcia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales para calificar si una información requerida está relacionada con violaciones graves a los derechos humanos, además de que determinarán si los tribunales son competentes para establecer el control difuso de la Constitución.